El Decreto Supremo 594 establece las condiciones sanitarias y ambientales que se deben cumplir en cada lugar de trabajo, siendo la SEREMI de Salud la encargada de fiscalizar su cumplimiento. Así, las empresas están obligadas a mantener en los lugares de trabajo las condiciones necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella.
El hecho de tener servicios higiénicos diferenciados por sexo, contar con un comedor o agua potable son condiciones mínimas que el empleador debe facilitar a los trabajadores y, en caso de incumplimiento las multas van desde 0,1 hasta 1.000 UTM o, incluso, la prohibición de funcionamiento, que se da cuando existe un riesgo inminente para la salud o vida humana.
A pesar de esto, a lo largo de las inspecciones, se han detectado numerosas faltas e incumplimientos a esta normativa, dejando a los trabajadores desprotegidos y desatendidos, despojándolos así de sus derechos laborales, como lo sucedido con los trabajadores haitianos hace unos pocos días en la región, a quienes no solo les adeudaban sus sueldos, sino que también se corroboró la existencia de varios incumplimientos a la ley.
Es por esto que hacemos el llamado, por una parte, a los empleadores a otorgar todo lo necesario para que sus trabajadores estén en óptimas condiciones y, por otro lado, a los trabajadores, para que tengan la seguridad que deben denunciar estos hechos ante la SEREMI de Salud, porque como Gobierno estaremos atentos para que se respeten las condiciones laborales.
Comentarios